Con 34 votos a favor, cinco en contra y una abstencion, se aprobaron las reformas a la Ley de Movilidad Sustentable, la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y la Ley de Gobierno Municipal, que prohíbe poner a las calles y espacios públicos los nombres en honor de personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en los gobiernos federal, estatal y municipios, así como cónyuges o pacientes hasta el cuarto grado durante el periodo de su gestión, dispone el dictamen de reformas
El PAS y PRI voto en contra de la iniciativa de la diputada panista Giovanna Morachis Paperini, que en el dictamen avalado por la mayoría busca prolograr que la nomenclatura de vías y espacios públicos manifieste y genere el sentido de identidad del estado y sus municipios.
Las reformas adicionan el capítulo sexto de la nomenclatura a la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa en el que establece que la nomenclatura tiene por objeto identificar y facilitar la localización de los bienes de uso común destinados a la vialidad, propiciando de este modo su ordenamiento.
Por tal motivo, la designación de la nomenclatura deberá ser coherente, respetando la historia, cultura y tradiciones del estado y sus municipios, con la finalidad de distinguir con facilidad su estructura urbana.
En lo que se refiere a la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sinaloa, precisa que, para preservar y acrecentar el Patrimonio Cultural Urbano en la entidad, la nomenclatura de las vialidades y de los bienes inmuebles que formen parte integrante del patrimonio público deberá hacer referencia a personas, fechas o eventos que hayan destacado en la historia, ciencia, arte, tecnología, política, deporte o cualquier otra actividad de relevancia cultural.
Diputados prohiben poner nombre a calles de servidores públicos, esposas y parientes



