Ley Monzón: Semujeres busca proceso ‘express’ para quitar custodia a padres femincidas de Sinaloa

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El retiro de las custodias a padres feminicidas o posibles feminicidas, debiera de convertirse en un proceso sencillo, en el que las familias, en especial los abuelos de los infantes no tengan que estar litigando en tribunales, consideró la titular de la Secretaría de las Mujeres Tere Guerra.
Abogados morales
En entrevista previo a un evento en el centro de Culiacán, la funcionario se pronunció por procedimientos ‘express’ para que este no abone al desgaste y dolor por la pérdida de la vida de la mujer asesinada.
“Esto ha generado que abuelos se vean en procesos legales largos, costosos a veces, tenemos que idear no solamente que quede en el código familiar si no un procedimiento express”.
Por otra parte, dijo que en el proceso sin duda podría ser una normativa que se tumbe al violentarse la presunción de inocencia del imputado, como lo han mencionado abogados; sin embargo, opinó que ello tendría que ver con la moral de los abogados defensores.
“Cierto, cuando hay un caso que esté realmente muy en duda, pero hay casos donde ni siquiera está en duda, hay muchos casos de feminicidio donde claramente no solamente hubo testigos, hay grabaciones, entonces realmente más que andar pensando esos hombres en la defensa, tiene que pensar en las familias, las mujeres, la seguridad”.
La reforma
El 20 de julio de este año, el Congreso de Sinaloa aprobó una serie de reformas al Código Familiar y al Código Penal, que deriva de la llamada “Ley Monzón” que busca quitar a feminicidas la patria potestad de sus hijas e hijos.
Estos cambios se advierten en diversos artículos de la normativa, por ejemplo, en el Artículo 134 Bis del Código Familiar de Sinaloa se estableció que quien cometa el delito de feminicidio perderá todo derecho con relación a las y los hijos de la víctima, garantizando el interés superior de la niñez en términos de lo previsto en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Se aprobaron en ese entonces, reformas a las fracciones IX y X del Artículo 380, las fracciones II y III del 384, se adicionó la fracción XI al 380, la fracción IV al 384 del Código Familiar y se reformó el penúltimo párrafo del artículo 134 bis del Código Penal para el Estado de Sinaloa.